Posted on October 19 2020
Asamblea Legislativa estaría cerca de decirle sí a la pesca de arrastre en Costa Rica.
Un tema que ha sido una discordia política, social y económica en diferentes sectores de nuestro país a través de los años.
Todo inició en el 2013, cuando la pesca de arrastre fue suspendida por la Sala Constitucional por atentar de forma directa la biodiversidad marina. La práctica de pesca de arrastre había generado licencias para algunos pescadores para poder realizar esta actividad, sin embargo, luego de su suspendió en 2017 todas estas licencias se habían vencido y el mar entonces ha tenido la oportunidad de recuperarse poco a poco.
En el año 2019 y 2020 la cantidad de peces y aumento del tamaño de los mismos ha sido notorio, esto según la Cámara de Pescadores de la provincia de Guanacaste, las mediciones han dejando al descubierto el impacto que causaba esta técnica que se basa en barrer con una red en el fondo marino todo a su paso, esto sin importar tamaños, tipos o cualquier otra variable que tenga referencia a la elección específica de una especie que según los interesados en este caso es el camarón.
Por su parte la Asociación de Pescadores Pangueros Artesanales de Puntarenas (ASOPAPU), se ha pronunciado de forma concreta en negatividad completa ante esta técnica de pesca, mencionando a los medios de prensa del país, que en lugar de ayudar este estilo de pesca ha empobrecido los mares de la región, ya que no hay un control real de la actividad.
En el ámbito normativo nuestro país posee una amplia opción para este tipo de actividades, por ejemplo en el artículo 50 de la Constitución Política, menciona que el Estado costarricense debe resguardar y garantizar un ambiente sano y ecológicamente equilibrado para los costarricenses. Y que debemos conservar el medio ambiente, con el fin de preservarlo para las futuras generaciones. Y más importante aún, ante la duda sobre el impacto que generan ciertas acciones humanas y del grado de madurez para llevarlas a cabo es mejor dejar las cosas como están.
Otras dos reglamentaciones que se aplican en este amplio tema, son las de la Conservación de Vida Silvestre y el artículo 105 de la Ley de Biodiversidad, que cita que una práctica ecológica debe demostrar su viabilidad y en este caso es poco probable de comprobar y por contrario la afectación podría ser irreversible.
En un segundo debate los diputados esta semana tendrán la oportunidad de aprobar o no esta práctica que tiene una afectación sumamente dañina en la biodiversidad marina, así como también en las familias de cientos de pescadores artesanales.
Redacción: Enrique Hernández
Dirección General: Marco Montero
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